Translate

Mostrando entradas con la etiqueta Ley del retorno. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Ley del retorno. Mostrar todas las entradas

domingo, 15 de diciembre de 2019

Prorrogan beneficios tributarios a peruanos que retornen al país

Perú : A través de un decreto de urgencia, el Ejecutivo amplió hasta el 16 de diciembre de 2022 los beneficios tributarios de los peruanos que se animen en retorna al Perú tras cuatro años de ausencia.
El Gobierno amplió -a través de un decreto de urgencia- hasta el 16 de diciembre de 2022 los beneficios tributarios que tienen los peruanos que se animen a retorna al país tras cuatro años fuera del territorio nacional, las mismas que están contemplado en la Ley de Reinserción Económica y Social para el Migrante Retornado, que data del 2013.
“A través de esta ley se facilita el retorno de los peruanos que residan en el extranjero exonerándoles -por única vez- del pago de todo tributo que grave el internamiento de bienes, en especial de los manejes de casa -hasta un tope (US$ 50,000)-; un auto hasta por un máximo de US$ 50,000 y maquinarias e instrumentos que se usen en el desempeño de un trabajo o profesión hasta por US$ 350,000”, especificó a Gestión.pe el abogado tributarista, Jorge Picón.
Para el especialista este incentivo debería ser de un plazo limitado, aunque finalmente queda en decisión del Ejecutivo si decide ampliarlo permanentemente.
Cabe precisar que con la norma del 2013, los beneficios tributarios estuvieron vigentes hasta el 2016, fecha en la que se emitió otro dispositivo legal ampliándola por tres años años más (hasta el 2019) por lo que -con el DU- se prorroga nuevamente la exoneración por tres años adicionales, cuya vigencia se inicia desde el 15 de enero próximo.GESTION.PE

miércoles, 25 de enero de 2017

Perú: Ley de Reinserción Económica y Social para el Migrante Peruano Retornado

Perú: Ley de Reinserción Económica y Social para el Migrante Retornado
El objetivo de la Ley Nº 30001 es facilitar la reinserción económica y social de los peruanos que, ante la situación de crisis económica internacional y el endurecimiento de las políticas migratorias en los países de destino, hayan decidido o se hayan visto forzados a retornar al país.
¿Quiénes pueden acceder?
Para los beneficios de tipo social:
Los peruanos que hayan vivido por lo menos 3 años en el extranjero (2 años si retorna forzado debido a su condición migratoria). * Quedan excluidos de los beneficios en esta ley los peruanos que integren, promuevan o participen en organizaciones vinculadas con el terrorismo. Ministerio de RR EEE.